Miércoles, Octubre 21, 2026 - 13:40

Subvenciones para proyectos innovadores de transformación territorial y lucha contra la despoblación

El BOE de 6 de octubre de 2026 publica el extracto de la Orden de 28 de septiembre de 2026 por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación promovidos por entidades locales durante el ejercicio 2026. La convocatoria cuenta con una dotación máxima total de 80 millones de euros y se identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el número 931934. 

Entidades beneficiarias

Podrán obtener estas ayudas:

  • Las entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, salvo las áreas metropolitanas.
  • Otras entidades locales reguladas por la normativa autonómica que tengan atribuidas las competencias correspondientes y capacidad de gestión suficiente.
  • Las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias propias de las diputaciones provinciales.
  • Las agrupaciones de entidades locales constituidas conforme a la legislación general de subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan las condiciones de admisibilidad.
  • Los consorcios adscritos a la Administración local. 
Finalidad y características de los proyectos

Los proyectos deberán ofrecer una visión integral del problema demográfico existente en el territorio y tener como finalidad la reactivación social y económica de zonas afectadas por la despoblación mediante la revalorización del medio rural. Las actuaciones deberán incorporar las dimensiones socioeconómicas, medioambiental y de género y, preferentemente, proponer soluciones que puedan transferirse a otros territorios rurales con problemas demográficos similares. 

Asimismo, deberán presentar un contenido innovador para el territorio y promover alguna de las siguientes finalidades:

  • La creación o desarrollo de nuevas actividades económicas.
  • La generación de nuevos puestos de trabajo.
  • El mantenimiento del empleo ya existente.

La convocatoria se rige por la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, modificada por la Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre. 

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. Dado que la publicación se produjo el 6 de octubre de 2026, el plazo comienza el 7 de octubre de 2026. 

Incidencia práctica para los ayuntamientos

La convocatoria presenta un interés especial para los municipios rurales y las entidades locales afectadas por pérdida de población, envejecimiento demográfico, falta de oportunidades laborales o dificultades para mantener actividad económica y servicios.

Los ayuntamientos interesados deberían revisar de manera inmediata si disponen de proyectos suficientemente definidos y con un componente innovador, prestando especial atención a la justificación de:

  • El problema demográfico concreto al que responde el proyecto.
  • Su capacidad para reactivar económica y socialmente el municipio o territorio.
  • La creación o mantenimiento de empleo.
  • La incorporación de criterios ambientales y de igualdad.
  • El carácter novedoso de la actuación respecto de las iniciativas ya existentes.
  • La posibilidad de reproducir o transferir el proyecto a otros municipios rurales.

También puede resultar conveniente valorar la presentación de proyectos conjuntos mediante agrupaciones de entidades locales, especialmente cuando las actuaciones afecten a varios municipios o tengan una dimensión supramunicipal. Antes de la presentación deberán consultarse el texto íntegro de la convocatoria y las bases reguladoras para comprobar los gastos subvencionables, la intensidad y cuantía individual de las ayudas, el periodo de ejecución, la documentación exigida y los criterios de valoración, aspectos que no aparecen detallados en el extracto publicado en el BOE.

Más información: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-32466

 

ALCALDEALDIA

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