Viernes, Febrero 9, 2024 - 12:26

Modificación del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y el incremento complementario del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público.

Modificación del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

El BOE núm. 33 de 7 de febrero de 2024 publica el Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

El principal objetivo de este Real Decreto es cumplir con los objetivos que persigue el componente 11 del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) y mejorar la comunicación entre los ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística (INE), de las variaciones en los datos de sus padrones municipales para que se produzca en tiempo real, para lo cual se prevé la interconexión entre los padrones y el INE. Para la puesta en marcha de esta modificación se ha previsto un período transitorio hasta el 31 de agosto de 2026.

Se aprovecha la citada modificación del Reglamento para adaptarlo a las novedades normativas de los últimos años que afectan a su contenido, como por ejemplo las modificaciones de las que ha sido objeto la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la última mediante el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, entre otras.

Estas novedades se orientan a la actualización de distintos aspectos:

  • A la sustitución del término «residencia permanente», por el de «residencia de larga duración», de acuerdo con la normativa vigente.
  • A la diferenciación en el tratamiento de las personas menores de edad y de las personas con discapacidad que precisen de medidas de apoyo con funciones representativas para el ejercicio de su capacidad jurídica; así, se distingue entre los menores de edad y las obligaciones de sus padres o tutores y las personas con discapacidad que precisen de medidas de apoyo con funciones representativas para el ejercicio de su capacidad jurídica y las obligaciones de quienes ejerzan esas medidas de apoyo.
  • Se elimina la exigencia de que la persona con discapacidad haya de tener la misma vecindad civil que la de la persona que ejerza las medidas de apoyo con funciones representativas ya que es una medida restrictiva de derechos individuales que carece de justificación y así, en línea con la Ley 8/2021, de 2 de junio, se respeta la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad;
  • También se actualizan los datos, tanto obligatorios como voluntarios, que debe recoger el padrónincluyendo el teléfono móvil, el correo electrónico o el número de identidad de extranjero, de acuerdo con la modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, llevada a cabo mediante el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
  • Se modifica la referencia a los documentos de identificación de las personas extranjeras, que pasan de ser las antiguas tarjetas de residencia a las actuales tarjetas de identidad de extranjero.
  • Se prevé el cambio de domicilio de oficio y se recoge la previsión de operaciones específicas conjuntas entre el INE y los ayuntamientos para la comprobación periódica de la residencia de la ciudadanía extranjera que no tienen la obligación de renovar su inscripción padronal cada dos años.

Entrada en vigor: El presente Real Decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el 8 de febrero de 2023.

Más informaciónhttps://www.boe.es/boe/dias/2024/02/07/pdfs/BOE-A-2024-2248.pdf

Se aprueba el incremento complementario del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

El BOE núm. 34 de 8 de febrero de 2024 publica la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

De conformidad a las previsiones contenidas en el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, firmado el día 19 de octubre de 2022, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, dado que en fecha 31 de enero de 2024, el INE ha certificado que el crecimiento del PIB nominal en el año 2023 fue de un 8,6%, se dan los condicionantes recogidos en la citada norma y por lo tanto se ha acordado aplicar un aumento retributivo complementario del 0,5% en las retribuciones del personal al servicio del sector público con efectos del 1 de enero de 2023, sobre la base de las retribuciones vigentes el 31 de diciembre de 2022.

Más informaciónhttps://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-2325

 

ALCALDEALDIA

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