Miércoles, Octubre 21, 2026 - 12:40
El Gobierno prorroga hasta septiembre las medidas energéticas y de apoyo al transporte por la crisis de Oriente Medio
El BOE de 30 de junio de 2026 publica el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, con el objetivo de prorrogar y adaptar las medidas adoptadas por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, para mitigar el impacto económico de la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Medio, manteniendo ayudas y beneficios fiscales hasta septiembre de 2026
Aspectos de interés para entidades locales
1. Impulso de la movilidad eléctrica
La norma refuerza las obligaciones de instalación de puntos de recarga eléctrica en estaciones de servicio de gran volumen de ventas, favoreciendo el despliegue de infraestructura para la electrificación del transporte.
Impacto local: los ayuntamientos deberán prever la integración de estas infraestructuras en la planificación urbana y de movilidad sostenible.
2. Medidas para el transporte público y la movilidad
Se amplían ayudas al transporte por carretera, ferroviario y marítimo para compensar el incremento del coste energético.
Destacan:
- Ayudas al gasóleo profesional.
- Ayudas directas al transporte público por carretera.
- Apoyos al transporte ferroviario de mercancías.
- Ayudas al transporte marítimo regular.
Impacto local: pueden beneficiar indirectamente a concesionarios de transporte urbano, operadores de autobús urbano y servicios municipales que soportan el incremento de los costes energéticos.
3. Continuidad de las medidas fiscales energéticas
Se mantienen reducciones temporales en distintos impuestos energéticos mediante un sistema de retirada progresiva hasta septiembre de 2026.
Entre ellas:
- Rebajas en hidrocarburos.
- Posible aplicación de IVA reducido al suministro eléctrico y de gas en determinadas circunstancias.
- Posible reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
Impacto local: reducción indirecta de costes de funcionamiento de instalaciones municipales, alumbrado, edificios públicos y flotas de vehículos.
4. Gestión de fondos públicos y PRTR
La norma habilita mecanismos para reutilizar determinados remanentes de subvenciones vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en actuaciones de las mismas áreas de actuación.
Impacto local: puede facilitar la ejecución y reorientación de fondos asociados a proyectos financiados con recursos europeos.
5. Medidas de movilidad sostenible en empresas beneficiarias
Las empresas que reciban determinadas ayudas deberán disponer y cumplir medidas de movilidad sostenible para las personas trabajadoras. El incumplimiento podrá dar lugar al reintegro de las ayudas.
Más información: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-14112
ALCALDEALDIA